Rol de las ARS en el SFS
Las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) son entidades públicas, privadas o mixtas y descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica, autorizadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud a una determinada cantidad de beneficiarios, mediante un pago per cápita previamente establecido por el Consejo Nacional de Seguridad Social.
Condiciones mínimas para habilitación de ARS
Para que las ARS sean habilitadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, el Seguro Nacional de Salud y cada Administradora de Riegos de Salud (ARS) deberá contar con Proveedores de Servicios de Salud (PSS), que, en conjunto, cubran y articulen los niveles de atención, cumpliendo, al menos, con las condiciones mínimas siguientes: