ADARS

Av. Gustavo Mejía Ricart 54. Ens. Naco. Santo Domingo. Rep. Dom.

809-544-1373/74

Logros de la Ley 87-01

La Ley 87-01 tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitución de la República Dominicana para regularla y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos que los rigen.

Con su puesta en marcha se dejaron atrás décadas de atraso y exclusiones sociales, sustituyendo sistema de seguridad social burocratizado, clientelista y anquilosado, por un moderno sistema universal, solidario, sostenible y basado en la libre elección.

Previo a la entrada en vigor de la Ley 87-01 que crea el SDSS, más del 80% de la población carecía de un seguro de salud, y los que alcanzaban a contar con este tipo de aseguramiento tenían importantes limitaciones en la cobertura familiar, en medicamentos, en atenciones de alto costo. En este esquema debían además enfrentar la exclusión por edad, por condición de salud y socioeconómica.

Antes la población pobre no tenía posibilidad de un aseguramiento que cubriera enfermedades catastróficas como cáncer, enfermedades cardiovasculares, diabetes, diálisis y trasplante renal, entre otras. Estas mismas limitaciones las tenían los trabajadores formales y sus familias, aún y cuando contaban con aseguramiento privado.

Para los trabajadores que tenían aseguramiento en el IDSS, este solo cubría la atención al embarazo de las cónyuges, y los hijos hasta el primer año. En el caso de trabajadores con aseguramiento privado debían pagar una cuota adicional por cada uno de sus dependientes directos (cónyuge, hijos menores de edad), y no tenían ninguna posibilidad de incluir otros familiares como es el caso de los padres, y que aún tuvieran la posibilidad de pagar por ellos.

Antes nos regíamos por el Instituto Dominicano de Seguro Social (IDSS) que cubría solo al 5.5% de los trabajadores, dando cobertura únicamente al trabajador y su esposa, no al resto de la familia.

Para lograr cobertura para el resto de la familia, los trabajadores en su momento debían adquirir seguros complementarios que estaban accesibles a través de igualas médicas.  Solo el 12.5% de la población tenía acceso a estos servicios.

El IDSS funcionaba como un seguro laboral, dando cobertura solo al trabajador asalariado y a su cónyuge. Ahora a través de la Ley 87-01 la población dominicana tiene acceso a una seguridad social, convirtiéndose en derecho el acceso a la salud y no un privilegio para unos cuantos.

En el pasado, el trabajador se veía obligado a contratar y cotizar doblemente a través de igualas médicas para lograr una mayor cobertura de lo que brindaba el IDSS.  Sin embargo, estas presentaban servicios limitados tanto para acceder a prestadores de servicios (clínicas, hospitales, laboratorios, centros de diagnóstico, etc.), acceso a especialistas de salud (médicos y especialistas), y sobre todo cobertura en enfermedades.

A través del SFS se provee acceso a salud no solo a los trabajadores asalariados y sus familiares, sino que también tienen ahora acceso los trabajadores independientes y autónomos, adicional a la población más vulnerable.

Si el afiliado no está casado y vive en unión libre, su pareja puede ser incluida dentro del SFS, permitiéndole acceso y atención a servicios de salud durante su vida, en especial durante los embarazos.

Antes de entrada en vigor de la Ley 87-01 solo el 18% de la población tenía cobertura de salud a través del IDSS.  A partir del Sistema Dominicano de Seguridad Social, a la fecha más de un 98% de la población recibe cobertura y asistencia de servicios de salud, dentro del Seguro Familiar de Salud.

En la actualidad el Seguro Familiar de Salud comprende 10,498,109 afiliados, de los cuales 5,796,014 pertenecen al Régimen Subsidiado y al Régimen Contributivo 4,702,095. Pero aún están pendientes las reformas orientadas a elevar la calidad de la protección social y la sostenibilidad financiera del Sistema.

A través del SFS el empleado puede extender la cobertura en salud para toda la familia, sin importar condición o preexistencia de alguna enfermedad, extendiéndose a dependientes directos (cónyuge e hijos) y dependientes indirectos (Padres).

El Sistema Dominicano de Seguridad Social es muy robusto pues incluye Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (Pensiones), el Seguro Familiar de Salud (SFS), Seguro de Riesgos Laborales, Atenciones en Salud por Accidentes de Tránsito

Algunos de los principales logros obtenidos en materia de salud y los beneficios que han aportado las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) desde la implementación de la ley hace aproximadamente 20 años:

 

  1. Cobertura de salud ampliada: Uno de los principales logros de la Ley 87-01 es la ampliación de la cobertura de salud a una gran parte de la población dominicana.  Se ha logrado que un mayor número de personas tengan acceso a servicios de salud y a una atención médica de calidad pasando de un 18% a un 98% de la población cubierta.
  2. Acceso a servicios de salud: La ley ha logrado mejorar el acceso de la población a una amplia gama de servicios de salud.  Esto incluye un catálogo de prestaciones.
  3. Mejora de la calidad de la atención médica: La Ley 87-01 ha establecido estándares y regulaciones para garantizar la calidad de los servicios de salud proporcionados. Esto ha llevado a mejoras en la infraestructura médica, el equipamiento y la capacitación del personal médico, lo que se traduce en una atención médica de mayor calidad para los beneficiarios.
  4. Ampliación de la red de prestadores de servicios de salud: Ahora los afiliados tienen acceso a una amplia red de prestadores de servicios de salud, lo que ha permitido la atención médica en diferentes especialidades y ubicaciones geográficas. Esto contrasta con el antiguo sistema, donde la elección de proveedores era limitada y se dependía principalmente de las instalaciones del IDSS.
  5. Mayor capacitación y especialización del personal médico: El Sistema de Seguridad Social ha promovido la formación continua y la capacitación del personal médico, lo que ha permitido mejorar sus conocimientos y habilidades en el diagnóstico y tratamiento de diversas enfermedades.  Esto ha llevado a un mayor nivel de especialización y ha contribuido a elevar la calidad de la atención médica brindada a los beneficiarios del sistema de seguridad social.
  6. Enfoque en la prevención y atención temprana: Se han implementado programas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud, enfocándose en la detección temprana de enfermedades y en la promoción de estilos de vida saludables.  Esto ha contribuido a un mayor énfasis en la prevención y a una atención médica más oportuna, lo que a su vez ha mejorado los resultados de salud de la población.
  7. Estándares y regulaciones de calidad: La Ley 87-01 establece estándares y regulaciones para garantizar la calidad de los servicios de salud proporcionados. Esto implica una supervisión y evaluación periódica de los proveedores de servicios de salud para garantizar que cumplan con los estándares establecidos.  Este enfoque en la calidad ha llevado a una mejora general en la prestación de servicios médicos.
  8. Acceso a medicamentos y tratamientos especializados: El Seguro Familiar de Salud ha mejorado el acceso a medicamentos y tratamientos especializados para los beneficiarios.  Se ha logrado ampliar la lista de medicamentos cubiertos a nivel ambulatorio y facilitar el acceso a terapias y tratamientos de vanguardia. Los hipertensos y diabéticos se benefician de un programa de PYP, con la cobertura de sus medicamentos de forma ilimitada, sin afectarle la cobertura de sus medicamentos ambulatorios.
  9. Prevención y promoción de la salud:  Se ha ejercido un papel importante en la promoción de la salud y la prevención de enfermedades. Se han implementado programas de prevención y promoción, a través de campañas de vacunación, detección temprana de enfermedades y promoción de estilos de vida saludables.
  10. Reducción de la carga financiera: La Seguridad Social ha permitido una distribución más equitativa de los costos de atención médica.  Los beneficiarios del SDS contribuyen con un porcentaje de sus ingresos, y los empleadores hacen aportes para asumir una parte significativa de los gastos médicos, lo que ayuda a reducir la carga financiera para los ciudadanos dominicanos.
  11. Mayor control y transparencia: La Ley 87-01 también ha promovido la transparencia y el control en la administración de los recursos del sistema de seguridad social.  Se han establecido mecanismos de supervisión y regulación para garantizar que los actores del ecosistema de salud cumplan con las obligaciones y brinden los servicios necesarios a los beneficiarios.
wpChatIcon
wpChatIcon